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CONDICIONES DE USO

CLUB DE AFILIADOS CONSENTIDO TOTAL

SALUD TOTAL EPS

1.            DEFINICIONES

1.1          SALUD TOTAL EPS SA: Entidad Promotora de Salud del Régimen Contributivo, cuyo objeto social consiste principalmente en organizar y garantizar la prestación del Plan Obligatorio de Salud (POS) a sus afiliados, garantizando los principios de universalidad, eficiencia, participación, solidaridad, libre escogencia y demás disposiciones normativas establecidas por el ordenamiento jurídico colombiano.
1.2          ALIADO: Persona Natural o Jurídica que ha celebrado un convenio de alianza comercial con SALUD TOTAL EPS, a través del cual el primero brinda beneficios a los miembros del club de afiliados “CONSENTIDO TOTAL”.
1.3          CLUB DE AFILIADOS “CONSENTIDO TOTAL”: Es un programa de SALUD TOTAL EPS S.A. el cual, a través de diferentes alianzas comerciales con otras compañías, brinda sin costo alguno, beneficios adicionales a todos los miembros del club.
1.4          MIEMBROS DEL CLUB: Son todas las personas afiliadas a SALUD TOTAL EPS SA, quienes por contar con dicha calidad, tienen derecho acceder a los beneficios ofrecidos por el ALIADO al momento de adquirir los bienes y/o recibir los servicios ofrecidos por éste.
1.5          BENEFICIO: Son las prestaciones que se obliga otorgar el ALIADO a los miembros del club, las cuales pueden consistir, entre otras, en descuentos y obsequios.
1.6          PLAN DE BENEFICIOS: Es la agrupación de diferentes tipos de beneficios dirigidos a los miembros del club.
1.7          CAMPAÑA PROMOCIONAL: El CLUB DE AFILIADOS “CONSENTIDO TOTAL” tendrá medios de difusión propios utilizados por SALUD TOTAL EPS SA para promocionar, socializar y en general dar a conocer al público las diferentes alianzas creadas en virtud del club de afiliados “Consentido Total”. Especialmente, se hará uso para ello de la página web del Club, email-marketing y material POP.
1.8          CARNE DE AFILIACION: Documento que identifica y acredita a una persona como afiliado a SALUD TOTAL EPS S.A.

2.            CONDICIONES GENERALES

UTILIZACIÓN DEL PLAN DE BENEFICIOS
•             Todos los afiliados a SALUD TOTAL EPS S.A. pueden hacer uso de los beneficios ofrecidos por los diferentes aliados, siempre y cuando acrediten tal calidad en los establecimientos de estos últimos, presentando su correspondiente carné de afiliación.
•             Si el usuario no tiene el carné, puede ingresar a www.saludtotal.com.co e imprimirlo, o solicitarlo en cualquiera de los Puntos de Atención al Usuario de SALUD TOTAL EPS S.A.
•             El uso del plan de beneficios del club de afiliados “Consentido Total” es de libre elección de sus miembros; por lo anterior, SALUD TOTAL EPS S.A. no se hace responsable por los productos, servicios ni garantías que ofrecen los aliados.
•             Para mayor información acerca del club de afiliados “Consentido Total”, los interesados se pueden comunicar a la Línea Local 4854555 en Bogotá D.C. y a la Línea Gratuita de Atención al Cliente 01 8000 1 14524.

REQUISITOS PARA SER ALIADO
Si desea vincularse a CONSENTIDO TOTAL CLUB DE AFILIADOS SALUD TOTAL EPS S.A., debe enviar para su análisis, una propuesta que contenga la descripción de su compañía y/o negocio y los potenciales beneficios a otorgar a nuestros afiliados a la Carrera 18 Nro. 109- 15 Gerencia Nacional de Mercadeo o al correo consentido@saludtotal.com.co

 El envío de la propuesta no obliga a SALUD TOTAL EPS S.A. a suscribir alianza comercial alguna.